¿Es bueno elegir por voto popular a los miembros del Poder Judicial?
Como mencioné en la colaboración anterior, en este artículo pretendo abordar, someramente, las principales reformas que el Presidente López Obrador turnó al Congreso.
Pero me enfocaré al final en la que considero de mayor interés y trascendencia:
La de someter al voto popular la elección de ministros, magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación.
Sin entrar a un estudio detallado, empezaré mencionando que algunas de sus propuestas ya están en la Constitución, como la que se refiere al derecho a la alimentación, al medio ambiente sano y a la atención médica gratuita y universal, derechos que ya aparecen en el artículo cuarto en vigor:
- Prohibir el maltrato animal ya está en la Ley General de Equilibrio Ecológico.
- Integrar la Guardia Nacional a la SEDENA, ya lo había hecho, pero lo revertió la Corte.
- Los delitos de extorsión, narcomenudeo y producción y distribución de drogas sintéticas, más que elevarlos a rango constitucional, son materia del Código Penal Federal y estoy seguro de que ya los contempla.
- Bajar la edad de 68 a 65 años para recibir la pensión no contributiva, las conocidas pensiones del bienestar, ya opera en la realidad.
Por otra parte, el convertir el INFONAVIT en constructor y arrendador de vivienda no tiene ningún sentido.
Esto porque entre sus objetivos está, de acuerdo a la Ley que crea dicho Instituto, el de establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores obtener crédito barato y suficiente; no construir o arrendar vivienda.
Reducir el número de diputados, senadores y hasta de regidores en los ayuntamientos con la eliminación de los diputados de representación proporcional, forma parte de una reforma electoral que ya había presentado y tampoco prosperó.
Pero lo que es novedoso es la propuesta de reformar el Poder Judicial, achicándolo, sometiéndolo a elección popular y reduciendo sus facultades, el número de ministros y los años que pueden estar en funciones.
Vamos por partes
1. Propone el presidente bajar de once a nueve ministros y eliminar las dos salas que operan en el Máximo Tribunal, para que únicamente funcione el Pleno.
Con once ministros y dos salas, no alcanzan a resolver con prontitud las controversias y acciones de constitucionalidad que reciben.
Como es el caso de la Controversia Constitucional relacionada con la elección del Fiscal General de Justicia del Estado, la cual fue presentada desde el 2022 y apenas fue recientemente resuelta por la Segunda Sala de la Corte.
2. Reduce la permanencia en la Corte de 15 a 12 años y elimina el haber de retiro que actualmente se contempla.
3. Elimina el párrafo del artículo 95 constitucional.
En este, se señala que el nombramiento de los ministros deberá recaer en personas que hayan servido con eficiencia y probidad en la impartición de justicia o se haya distinguido por su honorabilidad.
Con solo ser ciudadano mayor de 35 años, gozar de buena reputación y con un título en derecho con antigüedad de cinco años, es suficiente.
4. Prohíbe que la Corte otorgue suspensiones con efectos generales ni a normas generales, tratándose de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad.
5. Desaparece el Consejo de la Judicatura Federal y crea dos instancias: un órgano de administración judicial y un Tribunal de Disciplina Judicial.
Esto no me parece descabellado del todo; serviría para separar la función administrativa del Consejo con la tarea de investigar y sancionar denuncias contra el personal del Poder Judicial.
¿Cómo propone que se elijan los ministros, magistrados, magistrados electorales y de circuito, y jueces de distrito? El Senado emitirá la convocatoria para elegirlos.
De manera paritaria, es decir, respetando la paridad de género, el Poder Ejecutivo presentará diez aspirantes; el Poder Legislativo, postulará hasta cinco personas por cada Cámara y el Poder Judicial postulará otros diez.
Posteriormente, el Senado evaluará que los aspirantes cumplan con los requisitos y finalmente remite el listado al INE para que organice la elección de los nueve ministros.
Un procedimiento similar, operaría en los poderes judiciales de los estados de la República.
¿Qué ventajas tiene este procedimiento?
¿Democratizar la impartición de justicia? Para nada.
La impartición de justicia no es de cuestión de mayorías, sino de preservar la legalidad y el derecho en las sentencias que emitan.
Lo que pretende el Presidente, al llevar a elección popular la designación de Ministros, es desmantelar el Poder Judicial actual, pues tendrían que renunciar los actuales integrantes para elegir a los que los sucederán en sus encargos.
Politizar y partidizar la impartición de justicia conlleva el riesgo de que, quienes triunfen en las urnas gracias a apoyo de grupos de interés (y no me refiero solamente a empresarios, sino a carteles de la droga), puedan tener una influencia determinante en el sentido de las resoluciones que se emitan.
Entonces, no parece una buena idea poner en las boletas electorales a las y los ministros, magistrados y jueces que imparten justicia.
Si bien el actual sistema no es perfecto, sin duda es mejor que el que se propone.
Si en verdad se quiere mejorar la selección de las y los ministros de la Corte y contribuir a una verdadera separación de poderes, lo que se debería hacerse es eliminar la participación del Ejecutivo en el proceso de selección.
No obstante, en la mayor parte de los países del mundo, los integrantes del máximo órgano de impartición de justicia son propuestos por el Ejecutivo y examinados, y en su caso, aprobados por los Congresos.
Solo hay un caso reciente en Latinoamérica de un país que reformó su Constitución para elegir a los integrantes de su Tribunal Supremo de Justicia en 2011 y, según se puede leer en la prensa, ya están arrepentidos.
Se trata de Bolivia, cuando era presidente Evo Morales.