¿Cómo no se han matado entre ellos?
Adiós Estados Unidos, me despido
De tus bellezas y tus artes tan preciosas…
Cruzando el Puente. Rogelio Fernández.
Cantan: Los Cadetes de Linares
Viendo una serie de casi 20 hilarantes fotos que reflejan fielmente a nuestros vecinos del norte (y no los de la calle Washington, sino los que viven allende el Río Bravo) se toman las precauciones contra el COVID_19, con medidas que van desde envolverse en bolsas de basura hasta usar toallas sanitarias en vez de cubrebocas…
Y al enterarme que la nefastísima National Rifle Association (NRA) se sale con la suya y logró que sus cabilderos consiguieran que legalmente las personas mayores de 21 años pueden portar armas de fuego a plena vista en el estado de Texas…
De veras, de corazón, sin desearles nada malo a nuestros vecinos, aunque ellos no sientan lo mismo por nosotros, yo me pregunto cómo, al tener el cerebro tan evidentemente chiquito, han sobrevivido tanto tiempo y han logrado subyugar al mundo entero.
De acuerdo a notas, la nueva Ley de Armas de Fuego, entró en vigor en septiembre de aquel lado del también llamado Río Grande y se autoriza a los adultos mayores de 21 años a llevar una pistola en la cintura de manera oculta o abiertamente en una funda.
Esto sin tener que obtener primero una licencia o permiso, por lo que la policía no podrá detenerlos si la llevan en lugares públicos.
Y según esto, “podrá portar la ley en la cintura”:
- Cualquier ciudadano mayor de 21 años que pueda poseer legalmente un arma de fuego.
- Cualquiera que no se encuentre en calidad de fugitivo de la justicia.
- Cualquiera que no sea dependiente químicamente, es decir, que no tenga adicción a las drogas.
- Cualquiera que no haya sido condenado en los anteriores cinco años de un delito menor de clase A o clase B o conducta desordenada.
- Cualquiera que en los últimos diez años no haya sido juzgado por haber participado en una conducta delictiva por cometer un delito grave.
- Cualquier persona que no esté bajo una orden de protección o una orden de restricción que afecte a una relación conyugal.
Eso sí, la nueva ley establece que un sujeto armado no podrá ingresar a planteles educativos, lugares de votación, aeropuertos o donde se vendan bebidas alcohólicas como bares, y tampoco podrá acudir “montado” a tribunales de justicia u oficinas de gobierno.
Queda prohibido acudir armado, aunque sea con discreción a lugares donde se realice algún evento deportivo escolar o profesional o a centros correccionales, llámense cárceles.
En cuanto a las evidencias de la temeridad norteamericana, visite:
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