Sobre la orden ejecutiva

Ernesto Pompeyo Cerda DETONA: Sobre la orden ejecutiva de considerar a los narcotraficantes como terroristas por los EE. UU., algunas consideraciones jurídicas y políticas.

Es cierto que si los cárteles mexicanos fueran designados como organizaciones terroristas, las leyes estadounidenses, como la Ley Patriota (Patriot Act) y otras regulaciones relacionadas, se aplicarían a todos los que directa o indirectamente faciliten sus operaciones.

Esto incluiría no sólo a los narcotraficantes mexicanos, sino también:

  • Vendedores de armas en EE. UU.
  • Bancos que manejan dinero vinculado a cárteles.
  • Empresas de transporte o logística involucradas.
  • Proveedores de insumos, como precursores químicos.
  • Este amplio alcance podría complicar políticamente una designación, ya que implica responsabilizar a actores dentro de Estados Unidos.

Se puede objetar o impugnar, el hecho que incluiría a estos actores, las leyes no eximen al gobierno de actuar solo porque la aplicación es compleja.

Las agencias federales tienen precedentes de procesar redes complejas de apoyo al terrorismo, incluso dentro de EE. UU. (por ejemplo, financistas de Al Qaeda o ISIS).

Un gobierno comprometido podría argumentar que los beneficios de la designación superan los riesgos políticos.

La Definición de Terrorismo

Para ser clasificados como terroristas bajo la ley estadounidense, los cárteles tendrían que cumplir con el criterio de usar la violencia para objetivos políticos, ideológicos o religiosos.

Muchos argumentan que los cárteles son organizaciones puramente criminales, enfocadas en el lucro, no en una agenda política.

La opinión de varios analistas estadounidenses, han señalado que los cárteles sí utilizan tácticas terroristas, como masacres públicas, para influir en gobiernos locales y mantener control territorial.

Aunque su objetivo principal es económico, las consecuencias de sus acciones se alinean con patrones terroristas.

Práctica Legal y Precedentes:

Los narcos ya están sujetos a muchas de las sanciones aplicables a organizaciones terroristas, como incautaciones de activos y sanciones internacionales.

Designarlos legalmente como terroristas podría ser redundante desde un punto de vista operativo.

Pero también podría abrir nuevas herramientas legales, como la capacidad de enjuiciar a terceros que brinden apoyo financiero o logístico, o de justificar operaciones internacionales contra ellos.

Consideraciones Políticas.

Una designación de terroristas podría obligar al gobierno estadounidense a reconocer la participación o negligencia de autoridades, empresas y ciudadanos estadounidenses en el narcotráfico, algo complicado políticamente.

Podría también tensar las relaciones con México, ya que etiquetar a los cárteles como terroristas internacionaliza el problema, invitando a una intervención directa de EE. UU. en territorio mexicano, sin considerar lo avanzado de acuerdos sobre este problema

Debe considerarse que el impacto político no necesariamente es un impedimento legal o real.

El gobierno estadounidense puede argumentar que la seguridad nacional justifica esta designación, incluso operaciones en México, acción que genera tensiones diplomáticas, así como también internas. También podría implementarse de manera limitada para evitar una acción de expansión innecesaria.

Algunas disposiciones legales:
  • Ley Patriota de los Estados Unidos.

El título oficial de la Ley USA PATRIOT es "Ley de 2001 para unir y fortalecer a los Estados Unidos mediante la provisión de las herramientas adecuadas necesarias para interceptar y obstruir el terrorismo (USA PATRIOT)".

 

Ernesto Pompeyo Cerda Serna

Contador Público y Auditor. Socio del Despacho D. E. C.  y Miembro del Despacho Internacional PKF North American. Autor de los libros. Adiccionario Político. Kratologia. Literatura y Poder.