La ley del Banco de México y la designación de su auditor superior

Marco Pérez DETONA: La relevancia de este tema, es porque hace apenas unos días, (a pesar de que esta noticia es del mes pasado) circuló por redes sociales la información de que la firma PricewaterhouseCoopers (PwC)...

...declinó el nombramiento que le había hecho la Secretaría de Hacienda para ser el Auditor Superior del Banco de México, en sustitución de KPMG Cárdenas Dosal, firma que por los últimos cinco años había tenido a su cargo esta encomienda.

Si por otra parte consideramos que gracias a la devaluación de más de 20% que tuvo el peso durante el año pasado, ya que la paridad fix del cierre de 2023 pasó de $16.9190 pesos por dólar a $20.5103 a finales de 2024, registrando una devaluación de $3.5913 pesos por dólar, el Banco de México volvió a reportar utilidades, gracias a la revaluación, en pesos, de sus reservas internacionales, lo que abre la puerta a que pueda distribuir remanente al Gobierno Federal, cumpliendo previamente, con la mecánica que marca su propia Ley.

De ahí la suspicacia de que esta renuncia esté asociada, o tenga algo que ver, con el posible reparto de esta utilidad, entre los conceptos que marca su Ley, para determinar finalmente el monto susceptible de transferirse al Gobierno Federal, el próximo mes de Abril.

De conformidad con el Artículo 50 de la Ley del Banco de México, el nombramiento del Auditor Externo que revise los estados financieros del Banco, debe recaer en una firma de reconocido prestigio, que el Secretario de Hacienda y Crédito Público designe, por periodos no mayores a cinco años, de entre una terna que le proponga un colegio o instituto de contadores ampliamente representativo de la profesión y siempre que la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, apruebe dicha designación.

Como la firma KPMG cumplía ya cinco años auditando los estados financieros del Banco, desde el pasado mes de Noviembre se turnó a la Comisión de Vigilancia la terna para designar al nuevo Auditor Externo del Banco, y se terminó nombrando a la firma PwC, y que posteriormente declinó este nombramiento.

Un comentario relevante, es que este nuevo nombramiento de KPMG como Auditor Externo del Banco, podría ser impugnado, ya que de facto, esta firma rebasaría los cinco años a los que hace mención la Ley del Banco, siendo el Auditor Externo, y si había una “terna”, obviamente hay una tercera firma propuesta, que no tendría esta posible contingencia, aunque esto ya entra en el marco de la interpretación a esa Ley.

Por otro lado, llama la atención que no hay ningún comunicado oficial por parte de PwC donde informe las razones por las que decidió declinar este nombramiento, mientras que algunas fuentes señalan que lo hizo por falta de personal capacitado, argumento que se desestima al conocer que a mediados de 2023, anunciaron la incorporación de 3 mil nuevos empleados a la firma, en los próximos tres años.

En cuanto a las ganancias CONTABLES que registró el Banco de México en 2024 por la devaluación del peso, de $3.59 pesos por dólar, considerando una reserva de activos internacionales de $228 mil millones de dólares al cierre del año, esto arroja una revaluación, en pesos, por unos $818.5 miles de millones de pesos, sin embargo, conforme lo señala la propia Ley del Banco, esta “ganancia” primeramente se debe aplicar a resarcir las pérdidas de años anteriores, que han tornado en negativo el capital contable del Banco.

Si revisamos el balance del Banco de México al cierre de 2023, lo que tenemos es que reportó un capital NEGATIVO al cierre de ese año, de $718.7 millones de pesos, lo que prácticamente absorbería el 90% de la revaluación de la reserva internacional.

Después de “pagar” las pérdidas de ejercicios anteriores, que se reflejan en el capital negativo del Banco, la Ley señala que se debe preservar el poder adquisitivo del capital original, y posteriormente, constituir una “reserva”, por lo que los $100 mil millones de pesos restantes, deberían aplicarse a los anteriores dos conceptos, reduciendo el remanente a favor del Gobierno Federal, a muy pocos miles de pesos.

Quizás, PwC anticipó una posible situación de conflicto asociada a este reparto, y mejor optó por no avalarla, por lo que será interesante ver si el reparto de estas utilidades se apega a lo que dispone la Ley del Banco, o se hace “alquimia” para darle al Gobierno Federal algo más de lo que legalmente le corresponde, dada su astringencia en materia de ingresos.

Sin embargo, es importante considerar que de conformidad con la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el remanente que llegara a recibir el Gobierno Federal, en un 70% debe aplicarse a amortizar deuda, o a reducir el financiamiento a contratar aprobado por el Congreso, mientas que el 30% restante debe ir a los Fondos de estabilización de ingresos de la Federación y de los Estados, por lo que no proporcionarían ingresos de libre disposición para la Secretaría de Hacienda.

Como vemos, de nueva cuenta, la encargada de la Presidencia se equivoca, al declarar que los recursos que les llegue a transferir el Banco de México se “incorporarían al Presupuesto” lo que refleja su desconocimiento en esta, y muchas otras materias más.

Finalmente, es cuestionable que una ganancia CONTABLE, que NO está realizada, pueda generar una transferencia efectiva de recursos al Gobierno Federal, y más si esto implica monetizarla, ya que posteriormente estos pesos se deben esterilizar, emitiendo deuda a cargo del propio Banco, para no alimentar la inflación.

Lo anterior en cumplimiento al mandato Constitucional del Banco, de “Preservar el poder adquisitivo de la moneda”, lo que definitivamente riñe con su tradicional objetivo de 3% en la tasa anual de inflación, con tope inclusive de 4%.

De tal suerte, resulta indiscutible, que para cumplir con el mandato de “preservar” el poder adquisitivo de la moneda, la inflación debe ser de CERO, porque ni con un 1% de crecimiento en los precios, se “preserva” el poder adquisitivo.

Ante un mandato Constitucional a todas luces imposible de cumplir, propongo que se modifique por un objetivo más real y alcanzable, aprovechando ahora que las reformas a la Constitución, son inatacables.

Marco Pérez

Economista especialista en finanzas públicas, Socio Director de Econometría Aplicada SC, Conferencista y Catedrático a nivel doctorado.